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Republica Dominicana
Rey Rafael Castaño Cabral

Rey Rafael Castaño Cabral

Martes, 27 Marzo 2018 15:49

Estructura Organizacional

(Actualizado: 16/10/2018)

Martes, 27 Marzo 2018 15:44

Marco Legal

Tomando como base el articulo 52 de la Ley 10-04, y pasa su reglamento 06-04, establece que el control social ejercido por la sociedad dominicacna se efectua a traves de la facultad que tiene cualquier persona  u organizacion social interesada en solicitar al organo de control externo la realizacion de auditorias y el deber que pesa sobre este de rendir cuentas a la socieldad respecto de la gestiones realizadas.

y su parrafo: A los efectos de facilitar el seguimiento y control de la gestionpublica por parte de los cuidadanos, la Camara de Cuentas, tiene la obligacion de poner a disposicion del publico toda la informacion que le fuere solicitada, a los fines de garantizar la publicidad de los actores del gobierno y un mas efectivo ejercicio  del Control Social. 

 

Ley  10-04 de fecha 20/01/2004 de la Cámara de Cuentas de la Republicas.

Según el acápite Art.7  acápite 4 y art. 10, numeral 10 y22.

            Art. 10 “Atribuciones. Además de las atribuciones que le confiere la Constitución de

la República, la Cámara de Cuentas tiene las siguientes:

  • Numeral 10) Investigar las denuncias o sospechas fundamentadas de hechos ilícitos contra el patrimonio público, o apoyar, si es el caso, las labores de los organismos especializados en la materia.
  • Numeral 22) Todas las demás que tiendan a fortalecer y promover la gestión eficiente, eficaz, económica y transparente de la administración de los recursos públicos y la rendición de cuentas.”

   Reglamento 06-04 de fecha 20 de Septiembre 2004 para la aplicación de la ley 10-04. (Arts. 4, 7, 52, 62, 63, 64 y 65)

            Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, del 17 de julio del 2007 (Art.227,     Art. 230, Art. 231)

Martes, 27 Marzo 2018 15:43

Lineamientos generales

(Actualizado: 08/10/2018)

El control social

Es un instrumento de participación ciudadana, mediante el cual todo ciudadano tiene el derecho de fiscalizar, supervisar y evaluar la ejecución de las políticas públicas, con la finalidad de garantizar un manejo correcto, transparente, debido y probo de los recursos naturales, económicos, materiales, humanos y servicios de la gestión pública del Estado. El mismo está establecido en el artículo 7, numeral 4 de la ley 10-04.

La fiscalización socia,l o fiscalización bajo concepto de control social, es el control del ejercicio del poder público para velar por la legalidad y la transparencia y prevenir o evitar la corrupción.

Para comprender conceptualmente el control social en la gestión pública, es necesario entender las definiciones básicas que presentamos a continuación:

Transparencia y gestión pública

La transparencia en la gestión pública establece un diálogo honesto y responsable en un ambiente ético y de confianza entre el Estado y la sociedad, facilitando los medios para que la información sobre el manejo de los recursos públicos fluya de manera diáfana y oportuna; de modo que los ciudadanos puedan revisarla, analizarla y vigilar que las acciones gubernamentales cumplen con las leyes, los presupuestos y las diversas reglas que rigen la administración pública, orientados al logro del bienestar común.

Rendición pública de cuentas

Es la acción de toda institución del Estado de poner en consideración de la ciudadanía los resultados obtenidos en su gestión y el cumplimiento de compromisos asumidos con actores sociales directamente beneficiados y con la sociedad civil en general.

Acceso a la información

Es un derecho fundamental de las personas a conocer el manejo de los bienes y fondos públicos, como instrumento de participación ciudadana que genera inclusión social, y permite a los ciudadanos conocer el destino y uso de los recursos públicos.

Ética pública

Representa normas de comportamiento basadas en principios y valores que rigen la conducta de los administradores de la gestión pública, propiciando emitir juicio crítico sobre la actuación de estos.

Denuncia

Es el mecanismo por el cual un ciudadano notifica por escrito los hechos o conductas que pueden evidenciar el manejo irregular de los recursos o bienes públicos, cometidos por un servidor público o un particular que administre recursos públicos.

Los ciudadanos pueden denunciar todos los actos y omisiones de los funcionarios públicos que presten servicios o desarrollen actividades de interés público, que afecten la participación, generen corrupción o vayan en contra del interés social.

Gestión pública

Es el conjunto de acciones mediante las cuales las entidades tienden al logro de sus objetivos, enmarcados por las políticas gubernamentales establecidas por el Poder Ejecutivo.

Por otra parte, es la articulación estratégica de las acciones de una entidad, su misión y objetivos, de acuerdo con las prioridades fijadas en los planes de desarrollo, pautados por las políticas gubernamentales con el propósito de garantizar la mayor coincidencia entre las decisiones derivadas de la planeación y las acciones reflejadas en el presupuesto, establecidas por el Poder Ejecutivo.

Sociedad civil organizada

Son grupos de personas integrantes de una comunidad con un fin común y desempeñan una función específica. Los actores sociales son personas con capacidad para tomar decisiones y actuar en conformidad. De este modo, el concepto de actor social puede ser distinto del rol de interesados. Los actores sociales buscan resolver problemas, aprenden cómo intervenir en los hechos y vigilan continuamente sus propias acciones.

Los actores del control social

Son actores de la participación toda persona individual y sociedad civil organizada, sin ningún tipo de discriminación ya sea de identidad, género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, sexo, orientación sexual, condición económica o social, grado de instrucción, discapacidad u otros.

  1. Los actores de la participación y el control social pueden intervenir de forma individual o colectivamente.
  2. Los actores individuales son las personas físicas.

Los actores colectivos pueden ser los siguientes:

  • Representativos de grupo o sector social organizado, puede ser territorial o funcional.
  • Comunitarios, formados por miembros de las comunidades originarias campesinas y que tienen su propia organización.
  • Circunstanciales, que se organizan para un fin determinado y cuando el objetivo ha sido alcanzado dejan de existir.
  • Personas colectivas, son aquellas entidades de derecho privado sin fines de lucro cuya existencia está regulada por leyes civiles.

Ejercicio del control social

La participación y el control social se aplican a todos los niveles del Estado: entidades públicas, empresas e instituciones públicas descentralizadas, empresas desconcentradas, empresas mixtas y privadas en las que el Estado tenga participación o interés económico, empresas privadas que ejecuten proyectos con recursos públicos o empresas que presten servicio público.

La Ley establece un marco general para el ejercicio del control social, sin embargo, la sociedad civil organizada debe definir la estructura y composición de su participación y las entidades que forman parte del sistema generarán los espacios de participación por parte de la sociedad.

El control social lo ejerce directamente el ciudadano(a) y/o las OSC organizaciones de la sociedad civil. Esto implica el conocimiento y desarrollo de capacidades para el manejo de efectivas y sencillas herramientas de participación, lejos de prácticas institucionales que impongan su aplicación como medio de posicionamiento de las instituciones por sí mismas y por la finalidad del servicio que cumplen.

Para ejercer efectivamente el control social, se requiere:

Recabar información sobre la gestión de interés lo que implica ampararse en las garantías que ofrece la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, para comprender cómo actúa el Estado.

Analizar e interpretar la información obtenida, las metas planeadas y cómo se están cumpliendo, para lograr respuestas efectivas o para pronunciarse al respecto.

Establecer mecanismos de control sobre los representantes elegidos popularmente y la gestión que realizan.

Objetivos de control social

  • El uso racional y honesto de los recursos públicos.
  • Obtener servicios útiles y suficientes para todos.
  • Formular proyectos acordes a las necesidades colectivas.
  • Formar y promover la participación comunitaria para facilitar la gobernabilidad.
  • Hacer una gestión transparente y comprensible para los ciudadanos.
  1. Las metas que persigue el control social son las siguientes:
  2. Fortalecer la democracia participativa y comunitaria, basada en el principio de soberanía popular, en el marco del ejercicio activo de los derechos fundamentales.
  3. Consolidar la participación y el control social como elementos transversales y continuos de la gestión pública, aplicables a todos sus ámbitos y niveles territoriales.
  4. Regular, fomentar y favorecer el ejercicio activo, amplio, plural y efectivo del derecho de participación y control social.
  5. Atender las necesidades y demandas de la colectividad y la sociedad en su conjunto, para mejorar y lograr bienestar en sus condiciones y situación de vida.

Beneficios ulteriores del control social

  • Propicia el comportamiento ético por parte de los servidores públicos.
  • Constituye una nueva forma de interlocución entre el Estado y la sociedad.
  • Es una respuesta a los niveles de corrupción en la Administración Pública.
  • Promueve la gestión ética, eficiente, eficaz y económica, además de proporcionar una transparente rendición de cuentas.
Martes, 27 Marzo 2018 15:41

Generalidades

(Actualizado: 08/10/2018)

En el marco del fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública, la Cámara de Cuentas ha estructurado el Departamento de Control Social, según lo establece la ley 10-04 y su reglamento 06-04, en busca de incorporar actores sociales en la gestión pública.

Esta dependencia está conformada por una descripción teórica, metodológica y por los instrumentos que deben aplicarse para ejercer el control social en la vigilancia de las entidades públicas, para la incorporación de los referidos actores sociales e institucionales en el control social.

El departamento de Control Social de la Cámara de Cuentas es un medio abierto para que los ciudadanos y los miembros de la sociedad civil organizada presenten sus denuncias y quejas acerca del uso de los recursos del Estado, convirtiéndose en guardianes permanentes del cumplimiento de la ley, el uso transparente de los recursos y la aplicación adecuada del control en las instituciones públicas.

Martes, 27 Marzo 2018 15:36

Jornadas de Control Social

(Actualizado: 08/10/2018)

Con el objetivo de fortalecer la participación ciudadana en la labor de divulgación de control social y garantizar una adecuada rendición de cuentas vía la fiscalización de los fondos públicos, la Cámara de Cuentas (CC) desarrolla las Jornadas de Control Social, las cuales, mediante el diálogo constructivo buscan fundamentalmente mejorar la calidad del mismo, la participación de la ciudadanía y en consecuencia garantizar y mejorar la transparencia en la administración de los recursos públicos.


En estas Jornadas de Control Social se escuchan propuestas de los diferentes grupos de trabajo de la sociedad civil, orientadas a ofrecer soluciones que permitan el establecimiento de una alianza entre la ciudadanía y la entidad fiscalizadora, de forma efectiva y eficaz a beneficio de la nación.


Con esta finalidad presentamos el Manual de Deliberación Pública, guía para los ejercicios de analisis, realizados en el desarrollo de los conversatorios, el cual puede ser descargado mediante el siguiente vínculo:

Martes, 27 Marzo 2018 15:34

Pasos para obtener los servicios

A.) Visitando personalmente la oficina de Control Social

1. El/la denunciante llega a la oficina de Control Social, (preferiblemente con sustento de su denuncia), donde es recibido por el/la encargado/a de la División.

2. El/la denunciante llena el formulario de Recepción de Denuncias.

3. El/la denunciante y el/la encargado/a de Control Social leen la denuncia y la firman.

4. Se deposita la denuncia debidamente firmada con sus anexos en la Sección de Archivo y Correspondencia, para asentarla oficialmente.

5. Se entrega el acuse de recibo al denunciante con una copia completa del expediente de su denuncia.

6. Se comunica a los denunciantes vía correspondencia que su denuncia ha sido evaluada y tramitada a la Dirección General de Auditoría para ser incluida en el Plan Anual de Auditoría.

7. El/la encargado/a analiza la denuncia y hace el informe de la misma; el mismo, con todos los anexos, si los hubiere, es tramitado a la Dirección General de Auditoría para su evaluación y someter al Pleno para su autorización. 

Lunes, 26 Marzo 2018 20:15

Control Social

(Actualizado: 08/10/2018)

En el marco del fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública, la Cámara de Cuentas ha estructurado el Departamento de Control Social, según lo establece la Ley 10-04 y su Reglamento 06-04, en busca de incorporar actores sociales en la gestión pública.

Esta dependencia está conformada de acuerdo con la normativa vigente y por los instrumentos que deben aplicarse para que los ciudadanos vigilen el uso de los recursos de las entidades públicas.   

El departamento de Control Social de la Cámara de Cuentas es un medio abierto para que los ciudadanos y las, organizaciones de la sociedad civil (OSC) presenten sus denuncias y quejas, convirtiéndose en guardianes permanentes del cumplimiento de la Ley, el uso transparente de los recursos y la aplicación adecuada del control social en las instituciones públicas.

INFORMES DE AUDITORÍA ENVIADOS A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA (ACTUAL PROCURADURÍA ESPECIALIZADA DE PERSECUCIÓN DE LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA -PEPCA)

 

2018

 

No.

NOMBRE DE LA ENTIDAD

PERÍODO

RESOLUCIÓN

FECHA DE RESOLUCIÓN

ACUSE DE RECIBO PEPCA

ACUSE DE RECIBO PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA

1 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE MONTECRISTI 2012-2013 AUD-2016-X-004 23/11/2016 25/01/2017 25/01/2017
2 FUNDACIÓN SE PUEDE 2012-2015 AUD-2017-001 20/01/2017 10/02/2017 10/02/2017
3 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAN CRISTÓBAL 2013-2014 AUD-2016-065 08/12//2016 23/03/2017 23/03/2017
4 JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE LA CANELA, PROV. SANTIAGO 2013-2014 AUD-2017-008 30/03/2017 05/06/2017 05/06/2017
5 OFICINA NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI) 2010-2013 AUD-2017-012 11/05/2017 28/07/2017 28/07/2017
6 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE GUAYMATE, PROVINCIA LA ROMANA Según denuncias de fecha 30 de abril y 11 de septiembre de 2013 AUD-2017-014 13/06/2017 23/08/2017 23/08/2017
7 COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA (CNE) 2008-2014 AUD-2017-015 13/06/2017 15/09/2017 15/09/2017
8 TESORERÍA NACIONAL (TN) 2011-2014 AUD-2017-016 28/06/2017 26/10/2016 26/10/2016
9 MINISTERIO DE CULTURA 2012-2014 AUD-2017-023 01/08/2017 26/10/2017 26/10/2017
10 FONDO COMÚN DE SERVICIOS SOCIALES, PENSIONES Y JUBILACIONES A LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS DEL ÁREA DE LA CONSTRUCCIÓN Y TODAS SUS RAMAS AFINES (FOPETCONS) 2010-2013 AUD-2017-024 15/08/2017 09/11/2017 09/11/2017

 

2017

No. NOMBRE DE LA ENTIDAD PERÍODO RESOLUCIÓN FECHA DE RESOLUCIÓN ACUSE DE RECIBO PEPCA ACUSE DE RECIBO PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA
1 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE MONTECRISTI 2012-2013 AUD-2016-X-004 23/11/2016 25/01/2017 25/01/2017
2 FUNDACION SE PUEDE 2012 -2015 AUD-2017-001 20/01/2017 10/02/2017 10/02/2017
3 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAN CRISTOBAL 2013-2014 AUD-2016-065 08/12/2016 23/03/2017 23/03/2017

2016

NO. NOMBRE DE LA ENTIDAD PERÍODO RESOLUCIÓN FECHA DE RESOLUCIÓN ACUSE DE RECIBO PEPCA ACUSE DE RECIBO PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA
1 JUNTA DEL DISTRITO MUNICIPAL DE LA REFORMA (AGUA SANTA DEL YUNA) 2012-2013 AUD-2015-050 5/11/2015 14/1/2016 14/1/2016
2 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE FUNDACIÓN, BARAHONA 2012-2013 AUD-2015-051 19/11/2015 8/1/2016 8/1/2016
3 CORPORACIÓN DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOCA CHICA 2011-2012 AUD-2015-053 19/11/2015 14/1/2016 14/1/2016
4 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAMANÁ 2010 AUD-2015-052 19/11/2015 1/3/2016 1/3/2016
5 CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO MUNICIPAL DE PALMAREJO, VILLA LINDA, SANTO DOMINGO OESTE 2013 AUD-2015-057 17/12/2015 1/3/2016 1/3/2016
6 LABORATORIO NACIONAL DE SALUD PÚBLICA DR. DEFILLÓ (LNSPDD) 2012-2013 AUD-2016-X-001 2/2/2016 3/5/2016 3/5/2016
7 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAMANÁ 2011-2012 AUD-2016-003 18/2/2013 3/5/2016 3/5/2016
8 DISTRITO MUNICIPAL PRESIDENTE DON ANTONIO GUZMÁN FERNÁNDEZ 2008-2012 AUD-2015-055 4/12/2015 9/3/2016 9/3/2016
9 CONSEJO ESTATAL DEL AZÚCAR (CEA) 2012- 03/2014 AUD-2016-004 25/2/2016 6/6/2016 6/6/2016
10 JUNTA DEL DISTRITO MUNICIPAL LOS FRÍOS, MUNICIPIO PADRE LAS CASAS 2012-2013 AUD-2016-017 28/4/2016 15/6/2016 15/6/2016
11 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SALVALEÓN DE HIGÜEY 2010-2014 AUD-2016-019 5/5/2016 6/7/2016 6/7/2016
12 JUNTA DEL DISTRITO MUNICIPAL LA CUESTA, SAN JOSÉ DE LAS MATAS 2012-2013 AUD-2016-020 5/5/2016 13/7/2016 13/7/2016
13 JUNTA DEL DISTRITO MUNICIPAL LAS ZANJAS, MUNICIPIO SAN JUAN DE LA MAGUANA 2011-2014 AUD-2016-031 23/6/2016 9/8/2016 9/8/2016
14 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL SANTO DOMINGO NORTE 2010-2012-2013 AUD-2016-027 2/6/2016 23/9/2016 23/9/2016
15 COMISIÓN HÍPICA NACIONAL Y/O HIPÓDROMO V CENTENARIO 2012-2013 AUD-2016-026 2/6/2016 29/9/2016 29/9/2016
16 CORPORACIÓN DOMINICANA DE EMPRESAS ESTATALES (CORDE) 2004-2014 AUD-2016-033 30/6/2016 4/10/2016 4/10/2016
17 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL SANTO DOMINGO OESTE (ASDO) 2010-2013 AUD-2016-040 21/7/2016 5/10/2016 5/10/2016
18 DEPARTAMENTO AEROPORTUARIO (DA) 2010-2013 AUD-2016-044 11/8/2016 28/10/2016 28/10/2016
19 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CAMBITA GARABITOS, PROV. SAN CRISTÓBAL 2012-2014 AUD-2016-043 4/8/2016 8/11/2016 8/11/2016
20 JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE PIZARRETE, MUNIC. NIZAO 2013 AUD-2016-050 1/9/2016 8/11/2016 8/11/2016
21 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE VILLA GONZÁLEZ 2011-2014 AUD-2016-057 27/10/2016 5/12/2016 5/12/2016

2015

No. NOMBRE DE LA ENTIDAD PERÍODO RESOLUCIÓN FECHA DE RESOLUCIÓN ACUSE DE RECIBO PEPCA ACUSE DE RECIBO PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA
1 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE LA VEGA 2010-2012 AUD-2014-052 23/10/2014 13/1/2015 13/1/2015
2 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE CONSTANZA 2011 AUD-2014-054 17/11/2014 5/3/2015 5/3/2015
3 AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO 2012 AUD-2015-007 15/1/2015 7/4/2015 7/4/2015
4 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SALVALEÓN DE HIGÜEY 2009 AUD-2015-X-001 25/2/2015 15/4/2015 15/4/2015
5 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE VILLA BISONÓ, NAVARRETE 2009-2012 AUD-2015-025 14/5/2015 24/6/2015 24/6/2015
6 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE LA ROMANA 2010-2012 AUD-2015-044 22/10/2015 17/12/2015 17/12/2015
7 INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA (INEFI) 2012-2013 AUD-2015-049 5/11/2015 16/12/2015 16/12/2015

2014

No. NOMBRE DE LA ENTIDAD PERÍODO RESOLUCIÓN FECHA DE RESOLUCIÓN ACUSE DE RECIBO PEPCA ACUSE DE RECIBO PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA
1 JUNTA DEL DISTRITO MUNICIPAL CANCA LA PIEDRA 2011 AUD-2014-011 4/3/2014 29/4/2014 20/4/2014
2 MINISTERIO DE TRABAJO 2008-2009-2010 Y 2012 AUD-2014-015 6/5/2014 8/7/2014 8/7/2014
3 MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA 2010 AUD-2014-016 6/5/2014 4/7/2014 4/7/2014
4 AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BAYAGUANA  2010-2012 AUD-2014-026 24/7/2014 29/8/2014 29/8/2014
5 PARTIDO ALIANZA SOCIAL DOMINICANA (ASD) 2012 AUD-2014-013 10/4/2014 7/5/2014 7/5/2014
6 PARTIDO SOCIALISTA VERDE (PASOVE) 2011 AUD-2014-034 21/8/2014 30/9/2014 30/9/2014
7 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAN CRISTÓBAL 2012 AUD-2014-037 4/9/2014 11/9/2014 11/9/2014

2013

No.

NOMBRE DE LA ENTIDAD

PERÍODO

RESOLUCIÓN

1 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE LAS TERRENAS 2010 AUD-2013-009
2 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE GUAYABAL 2009 AUD-2013-017
3 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS 2007-2011 AUD-2013-021
4 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL SABANA GRANDE DE PALENQUE 2009 AUD-2013-023
5 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE IMBERT 2009 AUD-2013-024
6 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE PUÑAL 2011 AUD-2013-025
7 JUNTA DISTRITAL LA ENTRADA DE CABRERA 2011 AUD-2013-027

2011

No.

NOMBRE DE LA ENTIDAD

PERÍODO

RESOLUCIÓN

1 INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRÁULICOS (INDRHI) 2008 2011-001-05
2 LOTERÍA NACIONAL 2008/2009 AUD-2011-001
3 LIGA MUNICIPAL DOMINICANA 2006 AUD-2011-002
4 OFICINA DE CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES INCAUTADOS Y DECOMISADOS (OCABID) 2006 AUD-2011-003
5 ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD PARA MAESTROS (ARS-SEMMA) 2006-2009 AUD-2011-007
6 JUNTA DISTRITAL EL HIGÜERITO 16/08/2006-31/12/2009 AUD-2011-010
7 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE GUAYACANES 2009 AUD-2011-013
8 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL SAN JOSÉ DE LAS MATAS 2009 AUD-2011-016
9 JUNTA DEL DISTRITO MUNICIPAL EL POZO 2006/2007 AUD-2011-017
3 DISTRITO INDUSTRIAL SANTO DOMINGO OESTE (DISDO) 2001-2008 2010-039-04

2010

No.

NOMBRE DE LA ENTIDAD

PERÍODO

RESOLUCIÓN

1 JUNTA DEL DISTRITO MUNICIPAL SAN FRANCISCO DE JACAGUA 2006 2010-012-01
2 AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS 2006 2010-025-01

Martes, 20 Marzo 2018 21:27

Dirección de Auditoria

(Actualizado: 30/08/2022)

La Dirección de Auditoría es la responsable de fiscalizar los Recursos Públicos de la República Dominicana ejerciendo el Control Externo a través de la realización de auditorías, estudios e investigaciones especiales para lo cual cuenta con un personal altamente capacitado y motivado.

La Ley 10-04 en su artículo 7 establece los siguientes elementos del sistema control y auditoría:

Consiste en el examen profesional, objetivo, independiente, sistemático y selectivo de evidencias, efectuado con posterioridad a la actuación o gestión de los administradores públicos, de las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sujetas a esta ley. Corresponde a la Cámara de Cuentas la rectoría de este control.

Lunes, 13 Noviembre 2017 02:10

DIVISIÓN DE ANÁLISIS GOBIERNOS LOCALES

(Actualizado: 08-10-2018)

Objetivo:

Dirigir, coordinar, supervisar, planificar y elaborar los informes trimestrales y anuales relacionados con el registro y análisis de los presupuestos e informes de ejecución presupuestaria enviados a la Cámara de Cuentas por las entidades municipales, incluidos otros reportes requeridos por la Dirección de Análisis Presupuestario en base a los datos recibidos.

Funciones

  • Coordinar y dar seguimiento a la recepción de los presupuestos anuales e informes de ejecución presupuestaria recibidos, mensual y trimestralmente, de las entidades municipales.
  • Procesar las informaciones recibidas y verificar el cumplimiento de las normativas.
  • Realizar y presentar informes trimestrales y el acumulativo anual a la Dirección de Análisis Presupuestario sobre la ejecución de ingresos, gastos y financiamiento de las instituciones de Gobiernos Locales.
  • Mantener actualizada la base de datos sobre los presupuestos, las ejecuciones presupuestarias y los informes de obras recibidos.
  • Generar estatus con base en las informaciones recibidas.
  • Realizar otras tareas afines y complementarias, a requerimiento de la Dirección de Análisis Presupuestario.

Áreas de Análisis de esta División

  • Ayuntamientos del Distrito Nacional y los municipios,
  • Juntas de distritos municipales.

Listados descargables

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