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Bienvenidos a la Cámara de Cuentas   Click to listen highlighted text! Bienvenidos a la Cámara de Cuentas
Republica Dominicana
Rey Rafael Castaño Cabral

Rey Rafael Castaño Cabral

(Actualizado: 08/11/2017)

Objetivo:

Dirigir, coordinar, supervisar, planificar y elaborar los informes trimestrales y anuales relacionados con el registro y análisis de las transferencias realizadas a las asociaciones sin fines de lucro (ASFL) contenidas en el Presupuesto General del Estado, tomando como base los reportes recibidos de las instituciones, los generados del Sistema de Información Financiera y los enviados por la Dirección General de Presupuesto.

Funciones

  • Recibir, registrar y procesar los reportes de ejecución de las transferencias enviados a la Cámara de Cuentas por las asociaciones sin fines de lucro (ASFL).
  • Generar estatus con los reportes recibidos de las instituciones.
  • Mantener una base de datos actualizada.
  • Verificar el cumplimiento de las normativas en la asignación y ejecución de las transferencias realizadas al sector.
  • Realizar y presentar informes trimestrales y el acumulativo anual a la Dirección de Análisis Presupuestario sobre la ejecución de las transferencias y los recursos de otras fuentes.

Áreas de análisis

Transferencias a las asociaciones sin fines de lucro consignadas en el Presupuesto General del Estado, por Ministerio.

Archivo adjunto

 

Lunes, 13 Noviembre 2017 02:05

DIVISIÓN DE ANÁLISIS MACROECONÓMICO

(Actualizado: 08/10/2018)

Objetivo:

Dirigir, coordinar, supervisar, planificar y elaborar los informes trimestrales y anuales, relacionados con el registro y análisis de la formulación y ejecución del Presupuesto General del Estado y sus modificaciones, el comportamiento de las variables macroeconómicas que lo sustentan, la Política Presupuestaria de Ingresos, Gastos y Financiamiento; así como el estado y movimiento del Tesoro Nacional y de la deuda del Sector Público no Financiero.  

Funciones 

  • Gestionar y analizar los reportes de la evolución de la economía dominicana y del comportamiento de la deuda del Sector Público no Financiero.
  • Verificar el comportamiento de los agregados macroeconómicos y su impacto en el Total de Ingresos, el Total de Gastos y el resultado financiero.
  • Analizar las modificaciones presupuestarias y su impacto en los principales indicadores de la ejecución presupuestaria.
  • Verificar el estado y movimiento de la deuda del Sector Público no Financiero, y que la misma se corresponda con lo aprobado en el Presupuesto General del Estado, y lo dispuesto en las normativas.
  • Procesar y presentar informes trimestrales y el acumulativo anual a la Dirección de Análisis Presupuestario.
  • Realizar otras tareas afines y complementarias, a requerimiento de la Dirección de Análisis Presupuestario.
  • Áreas de Análisis.

Áreas de Análisis de esta División

  1. Marco de la Ley de Presupuesto General del Estado,
  2. Modificaciones Presupuestarias,
  3. Estado y movimiento de la deuda del Sector Público no Financiero,
  4. Estado y movimiento y las disponibilidades del Tesoro Nacional.
Lunes, 13 Noviembre 2017 01:48

DIVISIÓN DE ANÁLISIS DE GOBIERNO CENTRAL

(Actualizado: 14/11/2017)

Objetivo

Dirigir, coordinar, supervisar, planificar y elaborar los informes trimestrales y anuales, relacionados con el registro y análisis de las ejecuciones presupuestarias de las instituciones del Gobierno Central, con cortes trimestrales y el acumulativo anual, tomando como base los reportes generados del Sistema de Información de la Gestión Financiera (Sigef), y el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas presentado por el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda.

 Funciones

  • Generar, procesar y analizar los reportes generados del Sigef sobre la ejecución de ingresos, gastos y financiamiento del Gobierno Central.
  • Verificar el cumplimiento de las normativas en la ejecución presupuestaria de ingresos, gastos y financiamiento del Gobierno Central.
  • Realizar informes trimestrales y el acumulativo anual para presentar a la Dirección de Análisis Presupuestario.
  • Generar reportes puntuales, a requerimiento de instituciones, de los particulares y de otras áreas de la institución.
  • Mantener una base de datos actualizada sobre la ejecución presupuestaria del Gobierno Central.
  • Realizar otras tareas afines y complementarias, conforme a asignación de la Dirección de Análisis Presupuestario.

Áreas de Análisis

  • Poder Legislativo
  • Poder Ejecutivo
  • Poder Judicial
  • Órganos de Rango Constitucional
  • Capítulos Auxiliares
Domingo, 12 Noviembre 2017 20:55

Objetivo de la DAP

(Actualizado: 12/11/2017)

Realizar permanente y sistemáticamente el análisis de la ejecución del Presupuesto General del Estado, tomando como base los estados e informes que conforman el Estado de Recaudación e Inversión de la Renta a que se refiere al Artículo 250 de la Constitución de la República, de tal manera que le permita a la Cámara de Cuentas ejercer el control presupuestario externo, emitir su dictamen, las opiniones y recomendaciones a los órganos competentes e informar al Congreso Nacional los resultados del control del ejercicio presupuestario.

Domingo, 12 Noviembre 2017 20:44

Dirección de Análisis Presupuestario

(Actualizado: 04/10/2018)

Es una de las Direcciones en que estructuralmente está sustentada la Cámara de Cuentas de la República Dominicana para cumplir con su labor fundamental de control y fiscalización externa y la rendición de cuentas del manejo de los fondos públicos puestos a disposición de los administradores de las instituciones y las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sujetas al ámbito de la Ley 10-04, de fecha 20 de enero de 2004.

Objetivo

Realizar permanente y sistemáticamente el análisis de la ejecución del Presupuesto General del Estado, tomando como base los estados e informes que conforman el Estado de Recaudación e Inversión de la Rentas a que se refiere al Artículo 250 de la Constitución de la República, de tal manera que le permita a la Cámara de Cuentas ejercer el control presupuestario externo, emitir su dictamen, las opiniones y recomendaciones a los órganos competentes e informar al Congreso Nacional los resultados del control del ejercicio presupuestario.

 

(Actualizado: 08/10/2018)

Objetivo:

Dirigir, coordinar, supervisar, planificar y elaborar los informes trimestrales y anuales, relacionados con el registro y análisis de las ejecuciones presupuestarias generadas del Sistema de Información de la Gestión Financiera y las enviadas a la Cámara de Cuentas por las distintas Entidades Autónomas y Descentralizadas del Estado, así como otros informes y reportes requeridos por la Dirección de Análisis Presupuestario.

Funciones

  • Coordinar y dar seguimiento a la recepción, clasificación y distribución de los informes de ejecución presupuestaria recibidos mensualmente de las Entidades Autónomas y Descentralizadas del Estado.
  • Elaborar el Informe de análisis y evaluación de la ejecución presupuestaria de las Entidades Autónomas y Descentralizadas del Estado, para el informe anual a presentar al Congreso Nacional.
  • Presentar informes trimestrales acumulados y anuales a la Dirección de Análisis Presupuestario sobre la ejecución de ingresos, gastos y financiamiento de Entidades Autónomas y Descentralizadas del Estado.
  • Mantener actualizada la base de datos de procesamiento de las ejecuciones presupuestarias recibidas de las Entidades Autónomas y Descentralizadas del Estado.
  • Mantener actualizada una base de datos con las informaciones generales de Entidades Autónomas y Descentralizadas del Estado.
  • Mantener comunicación permanente con Entidades Autónomas y Descentralizadas del Estado para el envío de las informaciones de manera oportuna.
  • Generar informaciones para cumplir requerimientos de otras áreas, instituciones y personas interesadas.
  • Realizar otras tareas afines y complementarias, conforme a lo asignado por la Dirección de Análisis Presupuestario.

Áreas de Análisis

  • Instituciones Autónomas y Descentralizadas y Autónomas no Financieras,
  • Instituciones de la Seguridad Social,
  • Empresas Públicas no Financieras,
  • Instituciones Públicas Financieras Monetarias,
  • Instituciones Públicas Financieras no Monetarias.

Archivo Adjunto

  • Listado de instituciones actualizado al año 2018,
  • Estatus de las instituciones.
Miércoles, 11 Enero 2017 14:52

Historia

duarte1La Cámara de Cuentas de la República, guardiana de los recursos públicos mediante la realización de una efectiva fiscalización, de conformidad con la Constitución y la ley, datan sus orígenes desde la primera Constitución en 1844, pues aunque no se consignaba una Cámara de Cuentas como la que conocemos hoy, si se establecía un Consejo Administrativo compuesto de funcionarios públicos, encargado de verificar anualmente las cuentas generales e informar de ello al Congreso Nacional.

 

Más tarde, en la denominada "Constitución de Moca", proclamada el 27 de febrero de 1854, se consagra por primera vez en su artículo 127, el establecimiento de una Cámara de Cuentas Permanente, con las particularidades y características que se mantienen hasta la fecha.

 

El 22 de mayo de 1855, el Senado Consultor vota la ley Núm. 388 que crea la Cámara de Cuentas; posteriormente el primero de octubre de 1858 el general Pedro Santana, proclamado Libertador de la Patria, emite el decreto Núm. 568, mediante el cual declara en vigor la citada ley Núm. 388 que crea el mecanismo de control y fiscalización de los fondos y patrimonios públicos.

 

La ley Núm. 3659 de fecha 27 de junio de 1896, crea de nuevo una Cámara de Cuentas de la República Dominicana, sustituyendo la ley anterior, lo que supone que durante el período histórico político que se inicia con la anexión a España en 1861, el nuevo orden impuesto no propició el funcionamiento de la Cámara de Cuentas.

 

Esta ley Núm. 3659 se mantiene intacta hasta el año de 1928 cuando se dicta la ley Núm. 950, mediante la cual se modifica el artículo 15 del citado ordenamiento legal, que consistió en maniatar a la Cámara de Cuentas en lo que respecta al poder de perseguir directamente las acciones en contra del erario.

 

Finalmente, el 2 de diciembre de 1942, el poder ejecutivo promulga la Ley Núm. 130 sobre Cámara de Cuentas de la República. Esta ley orgánica fue modificada cinco años más tarde mediante la ley Núm. 1494 que crea la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y deroga los artículos del 16 al 23 de la ley Núm. 130, mediante la cual se establece que "mientras el poder ejecutivo no designe los Jueces, el Procurador General y el Secretario del Tribunal Superior Administrativo, la Cámara de Cuentas de la República ejercerá las funciones del Tribunal Superior Administrativo...", para conocer todos los recursos contenciosos-administrativos interpuestos ante dicho tribunal.

 

En enero de 1951 el Congreso Nacional dicta la Ley Núm. 2690, mediante la cual se pasan a la Cámara de Cuentas las funciones del Tribunal Contencioso Administrativo, al tiempo que dispone el nombramiento de dos nuevos miembros para dicho órgano.

 

El 5 de febrero del año 2007 se promulga La ley 13-07 que traspasa la competencia del Tribunal Superior Administrativo que tenía la Cámara de Cuentas en virtud de la ley 14-94 del año 1947, al Tribunal Contencioso Tributario instituido por la Ley 1192 del año 1992.

 

En la actualidad, de acuerdo con la Constitución de la República que nos rige, se establece la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en todo el territorio, con las atribuciones de conocer todas las decisiones en asuntos administrativos, tributarios, financieros y municipales de cualquier tribunal contencioso administrativo de primera instancia o que en esencia tenga ese carácter, entre otros.

 

Hoy día, el órgano fiscalizador del Estado está regido por la Ley 10-04 de fecha 20 de enero del 2004 y su reglamento de aplicación, la cual vino a modernizar y actualizar las funciones de esta importante instancia, adecuándola al desarrollo y crecimiento del Estado y la sociedad.

 

La Cámara de Cuentas ha iniciado un proceso de desarrollo y fortalecimiento institucional de cara a los nuevos tiempos, cumpliendo así, el rol tan importante que debe desempeñar como organismo responsable de la correcta fiscalización y salvaguarda del patrimonio de todos los dominicanos.

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