(Actualizado: 30/10/2023)
Es una de las Direcciones en que estructuralmente está sustentada la Cámara de Cuentas de la República Dominicana para cumplir con su labor fundamental de control y fiscalización externa y la rendición de cuentas del manejo de los fondos públicos puestos a disposición de los administradores de las instituciones y las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sujetas al ámbito de la Ley 10-04, de fecha 20 de enero de 2004.
Realizar permanente y sistemáticamente el análisis de la ejecución del Presupuesto General del Estado, tomando como base los estados e informes que conforman el Estado de Recaudación e Inversión de la Rentas a que se refiere al Artículo 250 de la Constitución de la República, de tal manera que le permita a la Cámara de Cuentas ejercer el control presupuestario externo, emitir su dictamen, las opiniones y recomendaciones a los órganos competentes e informar al Congreso Nacional los resultados del control del ejercicio presupuestario.